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CREAR TEMA

Viernes 24/07/2009, 10:23:13
943 Posts - 4 Puntos
Bueno, tenia decidido no intervenir en el topic ya que no me especializo en este ambito, y me sentia con obligacion de fundamentar mis opiniones y, como dije, no me especializo en el ambito, pero ante el cumulo de inexactitudes vertidas, voy a aclarar:
1) El procedimiento explicado por el forista Alfred en el post Nro.18, NO es el establecido en el CPCCN como erroneamente dice el forista en el post. 24
El procedimiento para la intervención judicial, en el Codigo Civil y Comercial de la Nación esta regulado en el capitulo III Medidas Cautelares seccion IV intervención judicial, arts. 222 a 227, y de su simple lectura se evidencia la inexactitud de lo manifestado.
2) No siempre es necesario agotar la instancia administrativa para iniciar la instancia judicial. Existen muchisimos ejemplos de procedimientos en que la instancia administrativa previa no resulta obligatoria. (por ej: asuntos laborales en provincia de bs.as, procedimiento sumario en provincia de bs,as, etc).

Por ultimo aclarar que conozco, aunque no tengo experiencia en el tema, que se han dispuesto intervenciones judiciales en sede penal, pues si bien el artículo 518 del Código Procesal Penal omite mencionar otras medidas cautelares de la legislación procesal civil y comercial, ellas han sido admitidas por algunos autores (Guillermo R. Navarro – Roberto R. Daray, Código Procesal Penal de la Nación. Análisis doctrinal y jurisprudencial, tomo 2, Ed. Hammurabi, Buenos Aires, 2004, p. 1296). "…para el caso de no tramitar juicio en otra sede, derivado de las mismas divergencias comerciales motivantes del proceso penal…"

Entiendo, que para realizar cualquier presentación seria, y con alguna posibilidad de exito, ya que es sabido que la intervención es de criterio restrictivo, y en general se contempla como remedio último, deberia ser realizada por letrados especialistas en sociedades y con experiencia en la ley 25.284 "De Salvataje de Entidades Deportivas", utilizada por ejemplo en Racing, Temperley, Talleres de Remedios de Escalada, ante lo ineficaz que resulta la ley de consursos para los clubes.