Escrito por Valvulas QuemadasHablando de intencionalidad, vos qué intencionalidad evaluás? Intención de desviar la pelota o de cubrirse la cara? Porque cubrirse la cara no es infracción, y tocar deliberadamente la pelota con la mano para sacar ventaja deportiva sí. Yo no veo rédito deportivo en esta jugada, le roza la mano en forma accidental y eso no es de ningún modo determinante para la jugada, es más, al mismo tiempo que Benitez le pega, Desábato gira la cara. Si hubiese tenido INTENCION de desviar la pelota hubiese separado las manos del cuerpo, no se hubiese cubierto la cara.
Escrito por FedeAtl_rojo_locuraNO ESTOY DE ACUERDO. DISCREPO TOTALMENTE. Los actos instintivos no pueden ser argumento. También se podría considerar un acto instintivo el sacar la cara o la cabeza para que la pelota no le pegue. Pero claro, si sacara la cara o agachara la cabeza entonces la pelota pasaría hacia el otro lado y generaría la posibilidad de que pase el centro del jugador rival (el nuestro, en este caso). Entonces los de Vélez lo matan a un defensor que instintivamente aparte su cara o cabeza de un pelotazo. Lo mismo diríamos nosotros, si Pellerano corriera la cabeza cuando un jugador rival pateara al arco. No tiene nada que ver lo instintivo, un jugador de fútbol tiene que estar preparado para recibir un pelotazo en la cara. El jugador de Velez si pone las manos y frena un tiro nuestro con la excusa de protegerse, beneficia a su equipo con esa acción sino cobran penal. Y por último, la intencionalidad la determina el árbitro. Y el tipo juzgó intención. Si TODAS las manos fueran penal, intencionales o no, se acaba la polémica. Y más aún, si utilizasen la tecnología.
No es penal, cubrirse el rostro es un acto instintivo para evitar que el balon impacte en un ojo, la nariz o algun otro punto donde te puede hacer realmente mal. El defensor no pone la mano para evitar que la pelota vaya al arco simplemente porque no iba al arco, iba a la cara. Entonces, no hay intencion, o mejor dicho, la intencion es otra.