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Mas fundamentos.
Fuentes de la fiscalía afirman que discutir si la deuda es en dólares o en pesos es caer en un falso dilema. "La deuda se generó en el marco de la convertibilidad peso dólar. Por otra parte, el artículo 19 de la ley de concursos y quiebras establece la suspensión de los intereses,
no la interrupción de los intereses. Surge claro que ello significa que se suspenden los intereses para que el deudor pueda negociar con los acreedores.
Pero no significa que se condonen.
Cuando el deudor va a ofrecer pagar, debe contemplar estos intereses que estuvieron caídos
durante el trámite del concurso que, en este caso, la oferta del Gobierno no contempla. De 2001 a 2017 no se pagaría ningún interés.
Este es un proceso concursal que duró 17 años. Se está ofreciendo pagar a partir de 2018, con suerte, hasta 2033. [u][b]Es mentira que esté prohibido pagar intereses. En la misma sala hay antecedentes que establecen que la no contemplación de los intereses posconcursales es una nueva quita que
se le hace al crédito”[/b][/u], sostienen.
"Las cuotas son anuales, no mensuales. Con una tasa del 7% anual, en pesos, hay una severa quita para el Estado, hay condonación de deuda.
Y el artículo 52 de la Ley de Concursos, inciso 4º, dice que el juez no puede aprobar una propuesta abusiva o en fraude a la ley. Y en esta condonación, el beneficiario final es la familia del Poder Ejecutivo”, afirman en tribunales.
http://www.perfil.com/columnistas/justicia-para-todos.phtml
Por supuesto que sigo hablando "sin saber"...