Escrito por MarcianoNosotros no podemos tener pena de muerte, a menos que denuncien el pacto de san jose y luego hagan una reforma que la contemple,
Y la pena de muerte para cuando?
Escrito por GaaspVaya que eres lento, carucha.
Asi que limon, vos que te crees que sabes todo (pero sos un ignorante), el derecho romano no tiene un carajo que ver en esto,
Escrito por rober58linda lista de pelotudeces.
Las primeras modificaciones que hay que hacer son las siguientes:
todo autor de un delito, cualquiera sea, debe ser detenido apenas sea conocida su participación en el mismo: posibilidades de profugación: cero.
quedan derogadas todas las formas alternativas de cumplimiento de las penas. Casi nadie mantiene buen comportamiento en la cárcel porque es bueno: lo mantienen para salir antes y afuera vuelven a ser delincuentes.
todas las penas son de cumplimiento efectivo: el que entra, entra para cumplir su pena hasta el último día.
las penas de reclusión perpetua significan...para siempre. Jamás vuelven a salir.
en las cárceles, la radio, la televisión, las visitas y las actividades junto a otros presos, deben ser solamente como premio. De lo contrario, cero.
todos los presos trabajan. Podrán hacer el primario y el secundario en los mismos tiempos que duran afuera en las escuelas comunes (12 años total). No podrán cursar estudios universitarios.
los presos cobrarán por su trabajo y pagarán por sus propios gastos (luz, comida, uniforme carcelario, calzado, frazadas, toallas, elementos de higiene y limpieza, etc). No pueden recibir elementos externos.
los delitos cometidos en prisión por los presos, tendrán el doble de pena y se sumará a la que purgan: van a aprender a respetar la ley.
para los presos que cumplieron su pena y recuperaron la libertad, la pena por nuevos delitos será el doble de la prevista en el código: la pena por homicidio va de 8 a 25. Bueno, para el que mata por segunda vez la pena va de 16 a 50.
Bueno, para empezar ya es bastante...