Lunes 17/07/2017, 16:06:47
requisitos para ser socio vitalicio a partir de noviembre/16
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En el mes de Noviembre/ 2016 cambiaron las condiciones para ser SOCIO VITALICIO, en mi caso naci en 1962 y tengo 31 años de socio ininterrumpidos pero ahora hay que tener 35 años de socio ininterrumpidos y una edad minima de 60 años y establecen una serie de excepciones. Transcribo el artículo actualizado y quisiera saber si alguien me responde pára ver sin entro dentro de esas excepciones.
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[/i]"ARTICULO 15º: Serán socios Vitalicios quienes teniendo como mínimo 60 años de edad, acrediten una permanencia ininterrumpida a esa fecha de 35 años como socios Activos en sus tres categorías: Activos propiamente dichos, Patrimoniales y Dependientes, no siendo computado los períodos de licencia ni los que correspondieran a los de las cuotas sociales condonadas si las hubiere.[b][i]Por circunstancia especial se considerara también Vitalicios los siguientes socios:
[/i][/b]a. Los nacidos entre el 01/01/1962 y el 31/12/1962 que teniendo como mínimo 55 años de edad, acrediten una permanencia ininterrumpida a esa fecha de 30 años.b. Los nacidos entre el 01/01/1963 y el 31/12/1964 que teniendo como mínimo 56 años de edad, acrediten una permanencia ininterrumpida a esa fecha de 32 AÑOS.c. Los nacidos entre el 01/01/1965 y el 31/12/1966 que teniendo como mínimo 57 años de edad, acrediten una permanencia ininterrumpida a esa fecha de 34 años.d. Los nacidos entre el 01/01/1967 y el 31/12/1967 que teniendo como mínimo 58 años de edad, acrediten una permanencia ininterrumpida a esa fecha de 35 años.[b][i]
La incorporación a esta categoría será automática, el día de cumplida la antigüedad o la edad, según corresponda, en cuyas circunstancias se extenderán las credenciales correspondientes. En acto especial anual a realizarse en la Sede Social se entregará a los socios que pasen a esta categoría el diploma respectivo. A los Vitalicios que cumplan 50 años de asociados, en el mismo acto se les entregara Diploma de Honor y distintivo recordatorio."[/i][/b][b]
[/b]A QUE SE REFIERE "POR CIRCUNSTANCIA ESPECIAL"?
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[/i]"ARTICULO 15º: Serán socios Vitalicios quienes teniendo como mínimo 60 años de edad, acrediten una permanencia ininterrumpida a esa fecha de 35 años como socios Activos en sus tres categorías: Activos propiamente dichos, Patrimoniales y Dependientes, no siendo computado los períodos de licencia ni los que correspondieran a los de las cuotas sociales condonadas si las hubiere.[b][i]Por circunstancia especial se considerara también Vitalicios los siguientes socios:
[/i][/b]a. Los nacidos entre el 01/01/1962 y el 31/12/1962 que teniendo como mínimo 55 años de edad, acrediten una permanencia ininterrumpida a esa fecha de 30 años.b. Los nacidos entre el 01/01/1963 y el 31/12/1964 que teniendo como mínimo 56 años de edad, acrediten una permanencia ininterrumpida a esa fecha de 32 AÑOS.c. Los nacidos entre el 01/01/1965 y el 31/12/1966 que teniendo como mínimo 57 años de edad, acrediten una permanencia ininterrumpida a esa fecha de 34 años.d. Los nacidos entre el 01/01/1967 y el 31/12/1967 que teniendo como mínimo 58 años de edad, acrediten una permanencia ininterrumpida a esa fecha de 35 años.[b][i]
La incorporación a esta categoría será automática, el día de cumplida la antigüedad o la edad, según corresponda, en cuyas circunstancias se extenderán las credenciales correspondientes. En acto especial anual a realizarse en la Sede Social se entregará a los socios que pasen a esta categoría el diploma respectivo. A los Vitalicios que cumplan 50 años de asociados, en el mismo acto se les entregara Diploma de Honor y distintivo recordatorio."[/i][/b][b]
[/b]A QUE SE REFIERE "POR CIRCUNSTANCIA ESPECIAL"?